Abogado de Ajuste de Estatus en Florida

El ajuste de estatus es el proceso que permite a ciertas personas que ya se encuentran en Estados Unidos solicitar una green card sin tener que salir del país. En lugar de viajar al extranjero para una entrevista en una embajada o consulado de EE. UU., usted presenta el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) y completa el proceso aquí. Las Oficinas Legales de Albert Goodwin, PA, ubicadas en Coral Gables, ayudan a personas en todo Florida y en todo el país a preparar y presentar solicitudes de ajuste de estatus. Puede comunicarse con nosotros al 786-522-1411 o a email@floridaimmigrationlawoffice.com.

Qué es el ajuste de estatus y quién puede usarlo

El ajuste de estatus cambia su situación migratoria de la de un visitante temporal, trabajador u otra categoría a la de residente permanente legal. La principal ventaja es que usted permanece en Estados Unidos mientras su caso está en trámite, de modo que no tiene que renunciar a su empleo, su hogar ni su vida cotidiana para asistir a una entrevista consular en el extranjero.

No todas las personas que están en Estados Unidos pueden ajustar su estatus. En general, usted debe estar físicamente presente en el país, contar con una petición de inmigrante que haya sido aprobada o que se esté presentando a su favor, y tener una visa de inmigrante disponible de inmediato. También debe ser admisible a Estados Unidos o ser elegible para un perdón de cualquier causal que de otro modo le impediría ingresar. Las personas que ingresaron sin inspección, que han trabajado sin autorización o que han permanecido más allá del tiempo permitido en su visa a menudo enfrentan obstáculos adicionales, los cuales explicamos a continuación.

Necesita una petición de inmigrante y una visa disponible

El ajuste de estatus es casi siempre el segundo paso de un proceso de dos partes. El primer paso es una petición de inmigrante subyacente que establece la relación o la calificación que lo hace elegible para una green card. Las peticiones más comunes incluyen:

  • El Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, presentado por un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente. Conozca más en nuestras páginas de inmigración familiar y green card por matrimonio.
  • El Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, presentado por un empleador para una green card basada en el empleo. Consulte nuestra página de inmigración por empleo.
  • Otras peticiones, incluidas ciertas categorías humanitarias y especiales.

Tener una petición aprobada no siempre es suficiente. Para muchas categorías existen límites numéricos anuales, lo que significa que una visa podría no estar disponible de inmediato. El Departamento de Estado publica mensualmente un Boletín de Visas que muestra qué fechas de prioridad están vigentes. Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, como los cónyuges, los hijos solteros menores de veintiún años y los padres, no están sujetos a estos límites y por lo general tienen una visa disponible de inmediato. Otras categorías familiares y de empleo pueden tener que esperar, a veces durante años, antes de que se abra un número de visa y se pueda presentar el ajuste. Nuestra página de abogado de green card ofrece una descripción general de estas vías.

El paquete I-485 y las solicitudes complementarias

Cuando usted ajusta su estatus, por lo general presenta más de un formulario al mismo tiempo. Un paquete completo suele incluir:

  • El Formulario I-485, la solicitud de ajuste de estatus en sí, con documentos de respaldo como su acta de nacimiento, pasaporte, prueba de entrada legal y un informe de examen médico en el Formulario I-693.
  • El Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, que solicita un permiso de trabajo para que pueda trabajar legalmente mientras su green card está en trámite.
  • El Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, que solicita el permiso adelantado (advance parole) para que pueda viajar al extranjero y regresar sin abandonar su solicitud. Viajar sin permiso adelantado mientras un caso de ajuste está pendiente puede provocar que la solicitud se considere abandonada, por lo que este documento es de gran importancia.

En muchos casos familiares, la petición I-130 y la solicitud I-485 pueden presentarse al mismo tiempo, una práctica conocida como presentación concurrente, cuando hay una visa disponible de inmediato. Presentar las solicitudes de trabajo y de viaje junto con el I-485 generalmente no tiene un costo gubernamental adicional, razón por la cual tiene sentido incluirlas.

Datos biométricos y la entrevista

Después de presentar la solicitud, USCIS programa una cita de datos biométricos en un centro local de apoyo a solicitudes, donde se toman sus huellas digitales, fotografía y firma para las verificaciones de antecedentes y seguridad. En Florida, estas citas se realizan en oficinas de ciudades como Miami, Oakland Park, Tampa, Orlando y Jacksonville.

La mayoría de los solicitantes basados en la familia son luego citados a una entrevista en una oficina local de USCIS. El oficial revisa su solicitud, confirma su elegibilidad y hace preguntas para asegurarse de que el matrimonio u otra relación sea genuino y de que nada lo haga inadmisible. Algunos casos basados en el empleo se deciden sin entrevista. Estar preparado y llevar los documentos correctos a la entrevista puede marcar una verdadera diferencia, y ayudamos a nuestros clientes a alistarse para este paso.

El ajuste de estatus en comparación con el trámite consular

Si usted no puede ajustar su estatus dentro de Estados Unidos, la alternativa es el trámite consular, en el que completa el proceso de la green card en una embajada o consulado de EE. UU. en otro país. Las dos vías conducen al mismo resultado, una green card, pero difieren de maneras importantes.

  • El ajuste le permite permanecer en Estados Unidos, solicitar un permiso de trabajo y un documento de viaje mientras espera, y entrevistarse en una oficina local de USCIS.
  • El trámite consular requiere que usted asista a una entrevista en el extranjero y que sea admitido en un puerto de entrada después. A menudo es la única opción para las personas que se encuentran fuera del país y para algunas personas que ingresaron sin inspección.

Elegir entre las dos depende de dónde se encuentre, de cómo ingresó, de su historial migratorio y de cualquier causal de inadmisibilidad que pudiera aplicarse. La elección equivocada puede ocasionar separaciones prolongadas o una solicitud denegada, por lo que vale la pena revisar su situación cuidadosamente antes de decidir.

Impedimentos de elegibilidad y la limitada excepción de la sección 245(i)

Varias situaciones comunes pueden impedir que una persona ajuste su estatus. Estas incluyen:

  • Ingresar al país sin inspección, es decir, no haber sido admitido ni recibido en libertad condicional (parole) por un oficial de inmigración.
  • Ciertas permanencias más allá del plazo autorizado o la falta de mantener un estatus legal, lo cual puede impedir el ajuste a los solicitantes fuera de la categoría de familiar inmediato.
  • Trabajar en Estados Unidos sin autorización, lo cual puede descalificar a algunos solicitantes.

A los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses se les disculpan algunos de estos problemas, como una permanencia excedida o un trabajo sin autorización, pero por lo general aún no pueden ajustar si ingresaron sin inspección. Existe una excepción limitada conocida como la sección 245(i). Bajo esta disposición, ciertas personas a favor de quienes se presentó una petición calificada o una certificación laboral en o antes del 30 de abril de 2001 podrían ajustar su estatus a pesar de una entrada ilegal u otros problemas, mediante el pago de una multa adicional. La sección 245(i) es limitada y depende de los hechos específicos de cada caso, y no todos califican, por lo que es importante confirmar si aplica en su caso.

Inadmisibilidad y perdones

Incluso cuando usted es elegible para ajustar en lo demás, USCIS verificará si aplica alguna causal de inadmisibilidad. Las causales comunes incluyen ciertas condenas penales, fraude o tergiversación migratoria previos, presencia ilegal y ciertos problemas de salud. Algunas de estas causales pueden superarse con un perdón (waiver), como el perdón disponible para ciertos casos de presencia ilegal o de fraude, pero los perdones requieren una solicitud aparte y la demostración de una dificultad específica u otros factores. Los antecedentes penales en particular deben revisarse con cuidado antes de presentar la solicitud, porque a veces una solicitud puede llamar la atención sobre un problema que coloca a la persona en un proceso de deportación. Examinamos estas cuestiones detenidamente antes de presentar cualquier caso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo toma el ajuste de estatus?

Los tiempos de procesamiento varían según la categoría y según la oficina local que tramite su caso. Muchos casos basados en la familia toman aproximadamente un año o más desde la presentación hasta la decisión, aunque los tiempos cambian y algunos casos avanzan más rápido o más lento. Un permiso de trabajo, si se solicita, a menudo llega mucho antes de la decisión final para que pueda trabajar mientras espera.

¿Puedo trabajar mientras mi solicitud de green card está en trámite?

Sí, si presenta el Formulario I-765 y es aprobado, recibe un documento de autorización de empleo que le permite trabajar legalmente mientras el I-485 está pendiente. Muchos solicitantes presentan la solicitud del permiso de trabajo junto con el I-485.

¿Puedo viajar fuera de Estados Unidos mientras mi caso está en trámite?

Solo si cuenta con un documento de permiso adelantado aprobado del Formulario I-131, e incluso entonces puede haber riesgos según su historial migratorio. Viajar sin permiso adelantado puede provocar que su solicitud sea considerada abandonada, por lo que no debe salir del país sin verificar antes.

¿Qué sucede si me niegan el ajuste de estatus?

Una negación no siempre pone fin a sus opciones. Según el motivo, es posible que pueda volver a presentar la solicitud, solicitar un perdón o buscar otra forma de alivio. En algunos casos, una negación puede dar lugar a un proceso de deportación, lo cual es una de las razones para revisar la elegibilidad cuidadosamente antes de presentar. Podemos ayudarle a entender los motivos específicos de una negación y las vías que aún podrían quedar.

Si usted está en Florida y desea solicitar una green card desde dentro de Estados Unidos, las Oficinas Legales de Albert Goodwin pueden revisar su elegibilidad, identificar cualquier impedimento o perdón que pueda aplicar y preparar su paquete I-485. Llámenos al 786-522-1411, escriba a email@floridaimmigrationlawoffice.com o visite nuestra página de contacto para programar una consulta. Atendemos a clientes en Coral Gables, en todo Florida y a nivel nacional y en el extranjero.

Abogado de Inmigración Albert Goodwin

Sobre el Autor

Albert Goodwin, Esq. es un abogado licenciado con más de 18 años de experiencia legal que representa a inmigrantes y a sus familias ante USCIS, las cortes de inmigración y los consulados de los Estados Unidos en el extranjero. Su conocimiento de las peticiones familiares y de empleo, las green cards, la naturalización y la defensa contra la deportación lo hace muy capacitado para escribir artículos sobre una amplia variedad de temas de inmigración. Puede comunicarse con él al 786-522-1411 o a email@floridaimmigrationlawoffice.com.

Albert Goodwin gave interviews to and appeared on the following media outlets:

ProPublica Forbes ABC CNBC CBS NBC News Discovery Wall Street Journal NPR

Client Reviews

Verified feedback from our clients

VIEW MORE
American Bar Association Member Badge Avvo Rated Attorney Badge